Porcentajes de Depreciación Fiscal Y Amortizaciones

Porcentajes de Depreciación Fiscal Y Amortizaciones
Depreciación
La depreciación es una parte de la contabilidad muy importante que se debe tener en cuenta en la valoración los bienes de una empresa, tanto inmovilizado material como inmovilizado inmaterial u otro tipo de bienes. De no contabilizarse, no se cumplirían las normas de contabilidad internacional y la empresa podría tener graves multas económicas, ya que no estaría informando correctamente a sus accionistas o a los inversores acerca de sus cuentas anuales.

En la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) se hace mención a esto en dos de sus artículos, el número 33 y el 34. Dentro del artículo 33 se habla acerca de la amortización de gastos, dando lugar a cientos máximos autorizados tratándose de gastos y cargos diferidos, así como para las erogaciones realizadas en periodos pre operativos, que son los siguientes:
·         5% para cargos diferidos
·         10% para erogaciones realizadas en periodos pre operativos
·         15% para regalías, para asistencia técnica, así como para otros gastos diferidos
Acto seguido, el artículo 34 habla sobre los máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien, que son los que siguen:
Tratándose de construcciones:
·         10% para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales, conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que cuenten con el certificado de restauración expedido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes.
·         5% en los demás casos.
Tratándose de ferrocarriles:
·         3% para bombas de suministro de combustible a trenes.
·         5% para vías férreas.
·         6% para carros de ferrocarril, locomotoras, armones y autoarmones.
·         7% para maquinaria niveladora de vías, desclavadoras, esmeriles para vías, gatos de motor para levantar la vía, removedora, insertadora y taladradora de durmientes.
·         10% para el equipo de comunicación, señalización y telemando.
Mobiliario y equipo de oficina: 10%
Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables: 100%
Embarcaciones: 6%
Tratándose de aviones:
·         25% para los dedicados a la Aero fumigación agrícola.
·         10% para los demás.
Automóviles, autobuses, camiones de carga, tracto camiones, montacargas y remolques: 25%
Computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras…: 30%
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental: 35%
Semovientes, vegetales, máquinas registradoras de comprobación fiscal y equipos electrónicos de registro fiscal: 100%
Tratándose de comunicaciones telefónicas:
·         5% para torres de transmisión y cables, excepto los de fibra óptica.
·         8% para sistemas de radio, incluyendo equipo de transmisión y manejo que utiliza el espectro radioeléctrico, tales como el de radiotransmisión de microonda digital o analógica, torres de microondas y guías de onda.
·         10% para equipo utilizado en la transmisión, tales como circuitos de la planta interna que no forman parte de la conmutación y cuyas funciones se enfocan hacia las troncales que llegan a la central telefónica, incluye multiplexores, equipos concentradores y ruteadores.
·         25% para equipo de la central telefónica destinado a la conmutación de llamadas de tecnología distinta a la electromecánica.
·         10% para los demás.
Tratándose de comunicaciones satelitales:
·         8% para el segmento satelital en el espacio, incluyendo el cuerpo principal del satélite, los transponedores, las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas, y el equipo de monitoreo en el satélite.
·         10% para el equipo satelital en tierra, incluyendo las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas y el equipo para el monitoreo del satélite.
Adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo…: 100%
Ejemplo:
¿Cómo se calcula la Depreciación Fiscal?
A continuación veremos cómo hacer el cálculo de la depreciación fiscal de activos de la empresa.
Ejemplo:
·         Valor de adquisición: $ 100,000
·         Año de adquisición: 2010
·         Porcentaje de depreciación: 10% anual
·         Valor depreciado: ($ 100,000 – $ 70,000) = $ 30,000
¿Qué sucede si la depreciación fiscal es menor a la contable?
Muchos se preguntan qué ocurre si la depreciación fiscal de un activo es inferior a la depreciación que se determina de forma contable. Y allí la consulta radica en si se debe depreciar fiscalmente menos en el resultado fiscal.

No obstante, lo que se debe realizar es considerar en el resultado fiscal la Depreciación Fiscal a la tasa que consigna la LISR.

 ¿Qué es amortización?
En una amortización el deudor da al prestamista (institución financiera) un reembolso del dinero otorgado por este último en un plazo convenido y con tasas de interés (fijas o variables) previamente acordadas.
Los tres factores más relevantes para un proceso de amortización son:

1) El importe del préstamo o deuda
2) El tipo de interés
3) El plazo establecido para pagar la deudo
PORCENTAJE DE AMORTIZACIONES

MÉTODO DEL PORCENTAJE CONSTANTE.

    Este método consiste en aplicar un Porcentaje al valor pendiente de amortizar para calcular la Cuota de Amortización del año correspondiente.
    Este Porcentaje será siempre el mismo a lo largo del proceso de amortización.

    La parte más complicada de este método consiste en determinar ese Porcentaje constante que se aplicará. 
    Sin embargo, siguiendo el art. 11.1 Ley del Impuesto sobre Sociedades tendremos la ventaja de calcular fácilmente ese porcentaje.

    El PORCENTAJE CONSTANTE se determinará multiplicando el coeficiente de amortización lineal obtenido a partir del período de amortización según las Tablas de amortización oficiales, por los siguientes coeficientes:

    - Por 1,5 si el inmovilizado tiene un período de amortización inferior a 5 años.
    - Por 2 si el inmovilizado tiene un período de amortización igual o superior a 5 e inferior a 8 años.
    - Por 2,5 si el inmovilizado tiene un período de amortización igual o superior a 8 años.

    El porcentaje constante no podrá ser inferior al 11 %

    Cuando el saldo pendiente de amortización antes del cierre del ejercicio sea inferior al importe correspondiente a una cuota calculada por el Método Lineal entonces este saldo se podrá amortizar en ese ejercicio o bien dejarlo como valor residual.

    Los edificios, mobiliario y enseres no podrán acogerse al Método de amortización mediante porcentaje constante.

    Una empresa adquiere una furgoneta por 12.000,00 euros.
    Valor residual = 0
    Período máximo de amortización según Tablas = 14 años
    Porcentaje máximo de amortización según Tablas = 16 %

Solución:

                          100
    Coeficiente Lineal = ----- = 7,14 %
                          14

    Cuota lineal = 12.000,00 x 0,0714 = 856,80 euros

    Para calcular el Porcentaje constante se multiplicará este Coeficiente Lineal por 2,5 en este caso (ya que el período de amortización es superior a 8 años).

    Porcentaje Const. = 7,14 x 2,5 = 17,85 % = 0,1785

    Amortiza. Año 1º = 12.000,00 x 0,1785 = 2.142,00 euros.
    Amortización Año 2º = (12.000,00 - 2.142,00) x 0,1785 = 1.759,65 euros
    Amortización Año 3º = (12.000,00 - 2.142,00 - 1.759,65) x 0,1785 = 1.445,56 euros.
    Amortización Año 4º = (12.000,00 - 2.142,00 - 1.759,65 - 1.445,56) x 0,1785 = 1.187,52 euros.

    La amortización del resto de años se calculará de igual forma: Multiplicando el Porcentaje constante por el importe pendiente de amortizar.

    Cuando el valor pendiente de amortizar sea inferior a 856,80 euros (que es el importe de la cuota calculada por el Método Lineal) se amortizará en ese ejercicio ese importe íntegramente, conjuntamente con la amortización para ese ejercicio.

Referencias bibliográficas

Espero y les sirva esta información.


Comentarios

  1. Hola Royer, me parece muy buena tu información ya que tienes bastante y muy claro de entender, solo para reforzar un poco de Amortización es que puede tener diversas acepciones según a que objeto se ciña o de que modalidad. En todos los caso se relaciona el valor de un bien o pasivo con el tiempo o vida útil del mismo, ya que como podemos intuir, todos los bienes van perdiendo valor con el paso del tiempo.
    Espero te pueda servir esta información, excelente día, saludos.

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  2. Compañero:
    Solo para complementar tu información recuerda que las depreciaciones se aplican a solo algunas cuentas de activo circulante, cada una con su respectivo porcentaje, ya que las demás cuentas corresponden a los porcentaje de amortización que es de 5% o bien al estado de resultados. por otro lado dentro de los tipos de pólizas, generalmente como lo menciona tu información las pólizas de diario se emplean cuando se registran operaciones donde no interviene dinero en efectivo (crédito), las pólizas de egreso se emplean cuando existe una salida de dinero y las pólizas de ingresos cuando exista una operación de entrada de dinero en efectivo.
    Solo por resumir un poco tu información y sea mas comprensible. De igual forma gracias por la información.

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    Gracias.

    Juana Jesús

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